Las entidades FAADA, Ecologistes en Acció, AnimaNaturalis, Fundació Fauna, ADDA, DEPANA, AVDA y Lex Ànima, denuncian a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Generalitat de Cataluña.
Después que el 30 de abril de 2020 se aprobara el incremento de los importes de las sanciones reguladas en la Ley de Caza en el ámbito territorial de Cataluña a través de la publicación de la Ley 50/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medioambiente, el colectivo de cazadores, a través de sus asociaciones y federaciones, denunció públicamente que esta modificación se había aprobado sin consultarles. En respuesta a este hecho, inmediatamente anunciaron una vaga indefinida.
La reacción, tanto del Departamento de Territorio y Sostenibilidad como el de Agricultura, Ganadería fue mantener diversas reuniones con el colectivo para “esclarecer el régimen de infracciones existentes y modular, en el caso que sea necesario, aquellas que hayan podido quedar desproporcionadas” tal y como se reconocía en la carta enviada por el Molt Honorable President Quim Torra i Pla al presidente de la Federación de Caza.
Paradoxalmente y de forma inaudita, las peticiones de reunión que desde las entidades en defensa de los animales y la naturaleza se realizaron a la Conselleria de Territorio y Sostenibilidad, no sólo no fueron atendidas sino que, sin ninguna justificación, desde la Generalitat de Cataluña, se extendían nuevos privilegios al sector de la caza, en este caso a través de unas instrucciones firmadas por el Director General del Cuerpo d’Agents Rurals y por el Director General de Políticas Ambientales del Medio Natural, en los que se reinterpreta la normativa de caza de manera contraria a la Ley para dar más privilegios al colectivo. Tanto es así que, estos dos documentos, que suponen una reinterpretación de la normativa que no garantiza el bienestar de los animales y que contradice la legalidad vigente, se hicieron llegar al Cuerpo d’Agents Rurals encargados de hacerla cumplir a través del levantamiento de actas por infracción.
De este modo, los documentos hacen una interpretación de la normativa vigente que, lejos de prevenir el abandono y la tenencia irresponsable de los animales utilizados para la caza, beneficia al colectivo en este sentido:
Se permite mantener hasta 20 perros de más de 8 meses y un número indeterminado de cachorros sin necesidad de estar inscritos en el registro de núcleos zoológicos. Esta interpretación contraviene la finalidad de asegurar la protección y el mantenimiento en condiciones adecuadas de los animales acogidos en centros como perreras deportivas, centros de cría, residencias o refugios tal y como indica la propia Orden del 28 de noviembre de 1988 del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, para la creación del registro de núcleos zoológicos. En consecuencia, los perros se encontrarán en lugares que no tendrán la obligación de disponer con las condiciones mínimas (sanitarias, ambientales, etc.) exigidas a los núcleos zoológicos en Cataluña ni tampoco se podrá ejecutar el control sobre el estado de bienestar en el que se encuentran los animales en estos espacios.
Permiso para utilizar perros de razas consideradas potencialmente peligrosas en las batidas, cuando la ley que regula su tenencia no permite que en los espacios públicos circulen sin bozal o con correa de más de 2 metros.
Se hace una interpretación del que se considera maltrato animal y del que no, adaptada a los perros utilizados para la caza.
Se permite la amputación de orejas y colas “por motivos científicos o de manejo” justificándolo con informes veterinarios que apoyan esta práctica que ha estado prohibida por el Convenio Europeo sobre la protección de los animales de compañía firmado por España en 2015.
Las organizaciones consideran que realizar una interpretación jurídica contraria a la Ley y remitirla a aquellos que la tienen que hacer cumplir, podría ser susceptible de delito ya que con su actuación se está generando un grave perjuicio en el bienestar animal y en la persecución de ilícitos administrativos o incluso penales.
Por este motivo, las entidades se han unido para denunciar ante de la Fiscalia de Medio Ambiente de Barcelona estos hechos que consideran muy graves. Al mismo tiempo reclaman que la Generalitat desestime estos privilegios que ofrece unilateralmente a un sector que de forma reiterada manifiesta una falta de sensibilidad en el uso de perros, una gran amenaza para la fauna y la gestión sostenible del medio natural, así como el peligro que también representa para las personas. Recordamos que durante el pasado 2020 ha habido 605 víctimas de las que 51 han muerto en España como consecuencia de la actividad cinegética.
Las organizaciones en defensa de los animales y la naturaleza de Cataluña afirman con contundencia que las actuaciones del Departament de la Generalitat no son ecuánimes, ya que favorecen, una vez más, al sector de la caza, perpetuando una trayectoria repetitiva que vuelve a quedar al descubierto de una manera rotunda. Esta actitud de favoritismo, contradice el sentido popular de la inmensa mayoría de la población y el sentido de justicia y independencia. La reducción importantísima que han tenido las licencias de caza en Cataluña en los últimos tiempos es la más clara evidencia. Pedimos a la Fiscalia de Medi Ambient que investigue y actúe con diligencia para evitar que desde la Generalitat se contradiga la normativa vigente que protege a los animales.
-Ong ADDA -febrero 2021