Ong ADDA PRESENTA ALEGACIONES CONTRA EL REGLAMENTO DE LA LEY 34/2010 DE REGULACION DE LAS “FESTES TRADICIONALS AMB BOUS”
El decreto que se pretende aprobar no desarrolla ninguno de los aspectos relacionados con la protección y bienestar de los animales a fin de evitar y reducir al máximo el maltrato al que son sometidos. Por el contrario, en lugar de limitar se facilita la posibilidad de autorizar y ampliar el número de localidades y festejos de correbous.
A criterio de la Ong ADDA, entidad decana fundada en 1976 y declarada de Utilidad Pública, se trata de un documento parcial que deja sin desarrollar la parte del articulado de la Ley que debe especificar y garantizar los aspectos relacionados con la protección animal, relacionadas con el descanso de los animales, control veterinario, suministro de agua y alimento, condiciones higiénico sanitarias y los mecanismos de control y vigilancia para que los animales no resulten lesionados, entre otros.
**En las alegaciones presentadas por Ong ADDA se insiste nuevamente en que las modalidades del “bou ensogat” y “bou embolat” vulneran la Ley de Protección de los Animales 22/2003 que en su artículo 6, apartado 2 prohíbe expresamente inferir daños a los animales ** asimismo, recuerda la absoluta ausencia de procedimiento democrático, con la que fue redactado el texto de la Ley 34/2010 de regulación de los correbous prescindiendo, en todo el trámite de elaboración, de la consulta y participación de las entidades, técnicos y especialistas en bienestar animal impidiéndoles aportar sus criterios y razonamientos.
Ong. Adda presentó el pasado 6 de marzo de del presente año los resultados del estudio de opinión sobre el uso de animales en espectáculos populares y los correbous en Catalunya elaborados por la empresa la empresa SIGMADOS en cuyo resultado quedaba reflejado que el 64,4 % de la ciudadanía de Catalunya desaprueba que el gobierno haya promulgado una ley para legalizar estos espectáculos y en un 68% rechazan que se continúen realizando. La encuesta en su totalidad se encuentra a disposición del medio que la solicite, si bien ya fue facilitada en su momento.
Resulta paradójico e injustificable que mientras la ley 34/2010 de los correbous y este reglamento han sido elaborados en tiempo record, continúa pendiente, desde hace nueve años, el texto y desarrollo del reglamento correspondiente a la Ley de Protección de los Animales 22/2003.