La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha declarado nulas las resoluciones de la Consejería de Desarrollo Rural que en verano de 2022 autorizaron la extracción de lobos en los municipios de Ruente, Cabuérniga y Los Tojos, y en la Mancomunidad Campoo-Cabuérniga. La Sala estima el recurso de Ecologistas en Acción, entidad de la que Ong ADDA es miembro, porque no se ha justificado la inexistencia de alternativas a la extracción, ni que la población afectada se mantendría en estado favorable tras la medida.
El Tribunal explica que el lobo "ha pasado a ser especie especialmente protegida en Cantabria” y que “darle muerte está prohibido”. Esta es la regla, clara, precisa, incontestable, la cual responde al fin que se toma como punto de partida: el mantenimiento de la especie en un estado de conservación favorable.
Si bien la norma permite excepciones, como, por ejemplo, que el lobo esté causando perjuicios importantes al ganado, la misma exige que, además, se cumplan otros requisitos:
Justificar que no hay otras soluciones alternativas: la sentencia señala que hay que acreditar, por un lado, que no haya otra solución satisfactoria alternativa a la muerte del lobo y, por otro, que la extracción no afecte al estado de conservación de las poblaciones sobre las que se va a actuar.
Acreditar que el estado favorable de conservación se mantendrá: la Sala señala que “la muerte del lobo no se puede autorizar, aun habiendo ataques al ganado, si dicha medida extrema impide mantener un estado de conservación favorable de la especie”.
Fuente de información: Noticias Judiciales TSJ Cantabria
Ong ADDA -marzo 2024